ELECCIONES PARA LA IV JUNTA DE GOBIERNO DEL COPOMUR
- 14/02/2010 · ELECCIONES EN EL COPOMUR EL 13 DE MARZO DE 2010
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CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA IV JUNTA DE GOBIERNO DEL COPOMUR
Estimados/as colegiados/as:
Por la presente, la Junta de Gobierno del COPOMUR, según el art. 36, convoca Elecciones para la IV Junta de Gobierno del Colegio. A continuación se detallan las fechas y desarrollo de las mismas:
CONVOCATORIA: El 5 de Febrero de 2010.
PLAZO PARA PRESENTAR CANDIDATURAS:
(Son 10 días). Del 5 al 19 de Febrero, ambos inclusive.
(serán válidas por fecha de matasellos. Se dan más días por el retraso en las entregas postales).En el tablón de anuncios del Colegio se pondrá la lista de los/as colegiados/as que no puedan ni presentarse, ni votar. (art. 33 de los Estatutos).
En los días siguientes, a partir del 22 de Febrero, se os mandará información de las listas correctamente presentadas, con sus candidatos/as.
VOTACIÓN POR CORREO: Los BUROFAX, tendrán que estar en el Colegio 2 días antes de las Elecciones, es decir el día 10 de Marzo (inclusive).
ELECCIONES: EL 13 DE MARZO DE 2010, EN LA
OFICINA DEL COLEGIO, DE 10,30 H A 13,30 H.
Adjunto se os manda el Capitulo 3 de los Estatutos: Elecciones de la Junta de Gobierno, para daros más facilidades y que lo tengáis más a mano. Un saludo.
Murcia 4 de Febrero de 2010
José Eduardo Buitrago Vicente Presidente del COPOMUR
Capítulo III de los Estatutos en vigor
ELECCIONES DE LA JUNTA DE GOBIERNO
Artículo 33.- Condiciones para ser elector y elegible.
Tendrán derecho a ser elegidos todos los colegiados que se encuentren al corriente de sus obligaciones como tales, sean ejercientes o no y que tengan como mínimo un año de colegiación, excepto que estén afectados por una sanción firme que comporte la suspensión de sus actividades colegiales.
Tendrán derecho a votar todos los colegiados que estén en uso de todos sus derechos y al corriente de sus obligaciones corporativas.
Artículo 34.- Candidaturas. Serán candidatos los proclamados de acuerdo con las normas y condiciones de estos Estatutos.
Los candidatos deberán presentarse mediante listas cerradas, señalando al cargo a que aspiran, no pudiéndose después hacer cambio de cargos.
Se aplicará la nueva Ley de Igualdad o Paridad ( Ley Orgánica 3/2007, de 22 de Marzo, BOE n.º 71), donde se obliga a que las listas electorales sean paritarias, es decir, que el número de personas de cada sexo no sea superior al 60% ni inferior al 40%.
Artículo 35.- Procedimiento electivo.
a) La convocatoria de elecciones deberá efectuarla la Junta de Gobierno, como mínimo, treinta días antes de la celebración de las mismas y se hará pública, en el Colegio, la lista de colegiados con derecho a voto que tendrán que cumplir todas las normativas colegiales. La lista no se podrá reformar después de la convocatoria de elecciones.
b) Las candidaturas habrán de presentarme por escrito, dentro de los diez días siguientes al anuncio de la convocatoria, pasados los diez días la Junta informará a los colegiados de las listas de candidatos presentados y que reúnen las condiciones para ser elegibles, para que el día de las elecciones tengan pensado a quien elegir.
Si se presentara una sola candidatura, no se harán elecciones. El día previsto para las mismas, se proclamará automáticamente la lista presentada, siguiendo con el protocolo electoral.
Si no se presentara ninguna candidatura, la Junta en funciones convocara a los tres meses nuevas elecciones y así sucesivamente hasta que se presente alguna lista.
c) El día fijado para las elecciones, se constituirá en el local del Colegio Oficial de Podólogos de Murcia, la mesa electoral, formada: por un Presidente, el Podólogo de más edad, un Secretario, el de menos edad y un Interventor, designado por cada una de las listas presentadas y que no se presenten a las elecciones.
d) El Presidente de la mesa iniciará las elecciones a la hora prevista, y sólo hasta la hora anunciada, no pudiendo votar nadie más.
e) La votación será de forma personal, estando permitida la votación por correo, aunque no en representación de otro Colegiado. En la mesa se tendrán papeletas impresas con las listas cerradas que se presentan. El elector elegirá una lista y una vez identificado con su DNI, a los miembros de la mesa para que comprueben si puede participar o no, votará.
e.1) La votación por correo se regulará de la siguiente forma:El colegiado que quiera votar por correo postal, deberá enviar al Colegio un BUROFAX en el que debe incluir, la lista elegida de candidatos y fotocopia de su DNI, que deberá presentar en sobre abierto, en la oficina de correos desde donde enviará el BUROFAX.
e.2) Los BUROFAX deben estar en el Colegio, como máximo, dos días antes del día de las elecciones. Serán válidos por fecha de matasellos o envío, anulándose todos las que lleven fecha posterior, sean ilegibles, con tachaduras o que pudieran estar manipulados.Los votos por correo, se introducirán en la urna, antes de empezar la votación, después votaran los miembros de la mesa y a continuación los colegiados/as.
f) Acabada la votación se procederá al escrutinio, abriéndose en ese momento la urna. Se comprobaran primero las papeletas y después los Burofax. Serán votos nulos, aquellas papeletas que sean ilegibles o con borrones, para evitar que puedan estar manipuladas.
g) Finalizado el escrutinio, el Presidente anunciará el resultado y levantará acta de la votación, que será firmada por todos los miembros de la mesa, y se proclamarán los elegidos que hayan obtenido el mayor número de votos.
h) Los miembros elegidos para la Junta de Gobierno, tomarán posesión de los cargos en un plazo máximo de quince días desde la elección.
i) Los nombramientos que se produzcan serán comunicados en un plazo máximo de diez días, tras la toma de posesión, al Departamento correspondiente del Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
j) En cada momento se aplicará la normativa electoral en vigor, regulada por las Leyes Estatales, Autonómicas, del COPOMUR y del Consejo General del Colegios Oficiales de Podólogos.






